jueves, 28 noviembre, 2024
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LE PROHIBIERON EL INGRESO A LA CANCHA HASTA QUE PAGUE LA CUOTA ALIMENTARIA QUE ADEUDA

SIN FÚTBOL Y SIN AUTO POR NO CUMPLIR CON LA OBLIGACIÓN CON SU HIJO

La jueza Andrea Mariel Brunetti de Santa Fe efectivizó el fallo más contra un varón que adeuda hace más de un año la cuota alimentaria de su hijo de 12 años. Le prohibió la entrada al estadio de Newell’s hasta que abone la deuda. Además, no podrá salir del país y se le sacó la licencia de conducir. Según un informe del Centro de Economía Política Argentina (CEPA), el 85% de los hogares monoparentales en la Argentina está a cargo de una mujer y solo 1 de 4 mujeres madres que no conviven con el otro progenitor perciben la cuota alimentaria. Además, en nuestro país la brecha salarial de género es del 28%.

Además, no podrá salir del país y se le sacó la licencia de conducir.

De la redacción de EL NORTE
diarias@diarioelnorte.com.ar

La jueza Andrea Mariel Brunetti de Santa Fe efectivizó un fallo más que elocuente contra un hombre que adeuda hace más de un año la cuota alimentaria de su hijo de 12 años. En el informe, la magistrada le prohibió la entrada al estadio de Newell’s hasta que abone la deuda. Además, no podrá salir del país y se le sacó la licencia de conducir.

“Cabe ordenar la prohibición al demandado del ingreso al estadio de fútbol de Newell’s Old Boys de Rosario, oficiándose al Club respectivo, a la autoridad policial de Rosario y la Dirección Nacional de Seguridad en Espectáculos Futbolísticos para que incluyan al demandado en la lista de personas que tienen restringido el ingreso a los encuentros futbolísticos como se ordena, hasta tanto se haga íntegro el pago de los alimentos adeudados”, indicó en el fallo el Tribunal Colegiado de Familia 7 de Rosario.

Según el escrito, la madre del adolescente solicitó hace más de 12 meses al Tribunal que el padre del menor le otorgue un porcentaje de su sueldo para la cuota alimentaria. Aun así, durante un año el hombre no lo hizo, por lo cual esto derivó en la realización de un fallo más que prometedor.

CONTINÚA SIN CUMPLIR

Ante esa situación, el padre de menor fue intimado después de meses donde se mostró “desinteresado y en silencio” respecto de su obligatoriedad de abonar la cuota alimentaria.

Ante la confirmación del fallo, el hombre, que es hincha de Newell’s, ingresó al Registro de Deudores Alimentarios Morosos: “No se trata de ir donde más duela, sino que hay particularidades que a los fines de hacer cumplir la situación, a veces, no hay otras formas”, explicó Brunetti en Cadena 3.

A pesar de los reiterados pedidos y de las prohibiciones en su contra, se supo que el hombre continúa sin cumplir con la cuota alimentaria correspondiente.

MUJERES AL FRENTE DE HOGARES MONOPARENTALES

Según un informe del Centro de Economía Política Argentina (CEPA), el 85% de los hogares monoparentales en la Argentina está a cargo de una mujer y solo 1 de 4 mujeres madres que no conviven con el otro progenitor perciben la cuota alimentaria. Además, en nuestro país la brecha salarial de género es del 28%.

El incumplimiento de la cuota alimentaria es una de las principales formas de violencia de género económica y patrimonial: limita los recursos de la mujer, que tiene que hacerse cargo de la manutención de los hijos y las hijas sola.

Incluye todo lo necesario para la vida: educación, salud, ropa, esparcimiento, vivienda, etc., hasta los 21 años o hasta los 25 si los hijos o hijas se capacitan y eso es incompatible con que puedan mantenerse por ellos mismos.

Cuando el cuidado personal (esto es lo que antes se llamaba “tenencia”) es compartido y el padre y la madre tienen recursos equivalentes, cada uno se hace cargo de la manutención cuando está a cargo del cuidado de los hijos o hijas. Pero esto cambia cuando uno de los dos tiene mayores ingresos. Ahí es donde aparece la famosa cuota alimentaria: quien tiene mayores ingresos debe pagarle a la otra persona lo necesario para que los hijos y las hijas puedan tener el mismo nivel de vida en los dos hogares.

En cada caso debe tenerse en cuenta la brecha económica de género y qué pasa con las tareas de cuidado en la distribución tradicional de los roles.

MEDIDAS

Entre las medidas previstas para intentar asegurar que se pague la cuota de encuentran las cautelares cómo el embargo o la inhibición general de bienes. Se sabe que en muchos casos no hay nada para embargar porque la persona, por ejemplo, se insolventa o nunca tuvo nada a su nombre.

La legislación dispone que quien tiene que retener una cuota y no lo hace (por ejemplo, un empleador respecto de un empleado) es solidariamente responsable. O sea: si el deudor alimentario no paga y el que debía retener no lo hizo, deberá responder por aquél.

Como novedad, las juezas y jueces pueden, para los casos de incumplidores reiterados, ordenar medidas que el Código Civil y Comercial llama “razonables” para conminarlos, para obligarlos a que cumplan. Así es como fueron apareciendo medidas bastante creativas: suspenderle la licencia de conducir o no permitir su renovación (esto no sería razonable, por ejemplo, en el caso de un taxista), prohibirle la salida del país, impedirle asistir a espectáculos (por ejemplo, a ver partidos de fútbol), arrestarlo los fines de semana o inscribirlo en el registro de deudores alimentarios, que funcionan de manera distinta en cada provincia e implican consecuencias en las relaciones con el Estado (por caso, no poder ser proveedor). El incumplimiento doloso de los deberes de asistencia familiar en la Argentina es un delito.