martes, 26 noviembre, 2024
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JARDÍN BELÉN: 15 AÑOS DE PRISIÓN PARA MATIUSSI Y OJEDA. ABSOLVIERON A RUBÍES

El Tribunal, compuesto por los jueces Ocáriz, Baquedano y López, condenó a los acusados Tulio Matiussi y Anselmo Ojeda a la pena de 15 años de prisión, de cumplimiento efectivo. Ambos quedarán detenidos en sus domicilios, con tobillera electrónica, hasta que la sentencia quede firme. En tanto se resolvió absolver a la preceptora María Rubíes por falta de pruebas. El Tribunal encontró culpables al sacerdote y al portero del Jardín Belén del delito de abuso sexual simple, reiterados, sobre cinco infantes, agravado por su condición de guarda de los niños que tenían en ese entonces entre 3 y 5 años.

El sacerdote Matiussi, condenado en la causa por abusos, no dio su presente en la sentencia ni de manera presencial ni remota. Archivo IARA CERASI/EL NORTE

Carolina Mitriani

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El Tribunal Oral y Criminal número 2, en el recinto del Palacio de Tribunales de San Nicolás, dio lugar a la lectura de sentencia contra los tres imputados, luego de seis extensas jornadas de audiencias. Encontró veraces y existentes los relatos y materiales probatorios -de extensa cantidad- que el Ministerio Público Fiscal aportó durante las instancias previas, junto con los peritajes concluyentes de diversos por profesionales en materia de abuso sexual. A su vez, el TOC se detuvo en desarticular defensas malogradas por parte de testigos aportados por el sector de los tres imputados, quienes presentaron una serie de inconsistencias en sus relatos, formulando declaraciones institucionalizadas y con contradicciones ante las interpelaciones de los fiscales Granda y Padulo.

Por tal motivo, con las entrevistas en sistema Cámara Gesell como uno de los ejes centrales, de manera unánime se acusó y condenó al sacerdote católico Tulio Matiussi y al portero Anselmo Ojeda por el delito de abuso sexual simple agravado; en el caso de Matiussi por ser ministro de culto y en el caso de Ojeda por el rol de cuidador, siendo desempeñada esta tarea de manera informal pero fehacientemente con implicancia en la constante cercanía y trato con los niños y niñas.

Por su parte, María Luján Rubíes fue absuelta de la acusación. El Tribunal comprende que, pese a aparecer la “seño Maru” y “María” en reiterados relatos de los y las infantes, las pruebas no resultan suficientes como para determinar que haya tenido participación en los actos ilícitos ocurridos a lo largo del ciclo lectivo 2017 en el sampredrino Jardín Belén.

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