INICIA EL CENSO VIRTUAL DE ASOCIACIONES CIVILES BONAERENSES

En el marco de la emergencia sanitaria y la urgencia de las asociaciones civiles para acceder a las tarifas con beneficios de servicios públicos, comienza el censo provincial de infraestructura social para poder conocer, relevar, procesar y registrar información aquellas constituidas en la provincia de Buenos Aires ( art. 28 de la Ley 15.192).

Al inscribirse, las asociaciones acceden automáticamente a los beneficios de tarifa cero y/o consumo real de servicios públicos establecidos en la Ley sobre Asociaciones Civiles. Se pueden anotar todas las asociaciones de primer grado constituidas en la Provincia.

Más información en: www.gba.gob.ar/dppj/censoasociacionesciviles.

Interés público

La ley declara de Interés Público Provincial a:

  • Las Asociaciones Civiles de primer grado constituidas en la Provincia de Buenos Aires, autorizadas a funcionar por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires y que: 1) tengan ingresos anuales totales hasta el monto equivalente de la categoría G de monotributo; o 2) que estén constituidas como Clubes de Barrio, Centro de Jubilados, Centros Culturales, Sociedades de Fomento, Jardines Comunitarios u Organizaciones de Comunidades Migrantes cualesquiera sean sus ingresos.
  • A las Mutuales de Organizaciones de Comunidades Migrantes, constituidas en la Provincia de Buenos Aires a la fecha de la sanción de esta Ley, autorizadas a funcionar por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, y que tengan ingresos anuales totales hasta el monto equivalente de la categoría G del monotributo.